18 sep. CI.- En el artículo 64 de la Constitución Política de Colombia, las y los campesinos aparecen con el nombre de ‘trabajadores agrarios’. El uso de este término tiene consecuencias concretas en la realidad de quienes habitan y trabajan el campo, debido a que desconoce la tradición socio-cultural que el campesinado ha construido a lo largo de la historia y las luchas llevadas a cabo en los territorios.

Ayer se llevaría a cabo en el Senado el debate acerca del Proyecto de Acto Legislativo para que el campesinado sea reconocido como sujeto de derechos en la Constitución colombiana, impulsado por varios senadores entre los que se encuentra Alberto Castilla y apoyado por diversas organizaciones campesinas del país.

Aunque la discusión fue aplazada, el debate acerca de la inclusión de las y los campesinos en la Constitución Política parte de la aplazada tarea del reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos, lo cual implica una valoración de los conocimientos ancestrales y una protección especial que permita una vida digna en el campo. Además, el aseguramiento de nuevas formas de ordenamiento territorial, el cual es amenazado por la industrialización del campo a través de figuras como las Zonas de Interés de Desarrollo Rural y Económico –ZIDRES-.

El término ‘trabajadores agrarios’ no es considerado adecuado por las y los campesinos, ya que el territorio donde habitan no es solo un medio para trabajar, sino también un  entramado de significados, donde se encuentran los tiempos de las cosechas, el tratamiento de las semillas, el conocimiento de las fuentes hídricas y el comportamiento de los suelos. Además dichos significados son heredados a las nuevas generaciones.

En la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas –ONU-, llevada a cabo en el año 2018, se logró la adopción de la Declaración sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales. En la votación, hubo 116 países a favor, sin embargo, Colombia, un país basado en la economía agraria, hizo parte de los 49 países que se abstuvieron de votar y, Estados Unidos estuvo dentro de los 7 países que se declararon en contra. 

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En la Declaración se definió que campesino es “toda persona que se dedique o pretenda dedicarse, ya sea de manera individual o en asociación con otras o como comunidad, a la producción agrícola en pequeña escala para subsistir o comerciar y que para ello recurra en gran medida, aunque no necesariamente en exclusiva, a la mano de obra de los miembros de su familia o su hogar y a otras formas no monetarias de organización del trabajo, y que tenga un vínculo especial de dependencia y apego a la tierra”.

En el artículo 26 de la Declaración, se afirma que “los Estados respetarán los derechos de los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales relacionados con sus conocimientos tradicionales y adoptarán medidas para reconocerlos a protegerlos, y eliminarán la discriminación de los conocimientos tradicionales, las prácticas y las tecnologías de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales”.

El 50% de la alimentación global proviene del campesinado, sin embargo las comunidades viven en graves condiciones. En Colombia un 45% de los campesinos padece pobreza multidimensional y el 6% de las viviendas campesinas cuentan con alcantarillado. La abstención de Colombia, revela una intención de invisibilizar a las y los campesinos, asimismo acrecienta el problema con la tierra.

Las organizaciones campesinas hacen un llamado a la implementación de la Reforma Rural Integral, producto del Acuerdo de Paz, el cual busca la dignificación del campo y pretende asegurar el acceso a la tierra para familias campesinas, que tienen conciencia de que para lograr la paz hay que aflojar la tierra. 

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CI AM/CC/18/09/2019/8:00