05 jun. CI.- El pasado 23 de agosto de 2013 fueron detenidos cuatro jóvenes activistas sociales que participaban en las jornadas del Paro Nacional Agrario de ese año. Luego de tres años del proceso judicial, los jóvenes fueron condenados por los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas militares. Aunque en la audiencia no se estableció el monto de la pena, para ese tipo de delitos la condena pueden ser superiores a 15 años. El juez anunciará la condena el próximo 22 de junio.

Por Felipe Chica. Desde el momento de la detención de los jóvenes Óscar Gasca, Roger Murcia, William Cruz y Fabián González, organizaciones de derechos humanos y la Marcha Patriótica, calificaron el hecho como un montaje judicial que estigmatiza la protesta social. Los jóvenes activistas y líderes sociales fueron detenidos en el marco del Paro Agrario ocurrido en el 2013, cuando se desplazaban en un taxi para apoyar las protesta en la zona rural del municipio de Garzón, en el cruce conocido como Otas, departamento del Huila.

En el proceso de imputación de cargos, la Fiscalía afirmó que los jóvenes portaban explosivos, un chaleco que los identificaba como defensores de Derechos Humanos y un cartel alusivo a la Asociación de Trabajadores Campesinos del Huila -ATCH-, elementos que fueron incautados y entregados a cadena de custodia.

La defensa alegó que no se respetó la cadena de custodia ya que transcurrió un tiempo considerable en el traslado de los detenidos y el material confiscado desde el puesto de control de carretera hasta la estación de Policía del Municipio de Campoalegre. Según la defensa, dicho material pudo haber sido cambiado o modificado, pues no se levantó ningún tipo de acta o documento que detallara el tipo de material incautado.

El juez del caso desestimó los argumentos de la defensa y señaló que la ley no obliga a levantar ningún tipo de documento para determinar la cadena de custodia.

Otro de los elementos que alega la defensa son, por ejemplo, que los explosivos no tuvieron el debido proceso de legalización en el momento de ser incautados con fines de decomiso ya que el material confiscado como clorhidrato de potasio, polvo de aluminio y azufre, no pasó por ningún tipo de análisis técnico o científico que demostrara que los elementos químicos podrían ser considerados como explosivos.

Igualmente, la defensa señaló que el azufre y el polvo de aluminio químicamente solo sirven para producir pólvora con la que se elaboran las mechas para jugar tejo y, por ende, no representan un peligro inminente de generar daños mayores. Sin embargo, el juez volvió a desestimar los argumentos de la defensa y aseguró que ese tipo de material es de uso exclusivo del Estado.

La audiencia

Luego de escuchar los argumentos del ente acusador y la defensa, el juez del caso consideró que las pruebas recogidas son lo suficientemente contundentes para condenar a los jóvenes por los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas militares.

Aunque no determinó los años de condena, la ley colombiana otorga para ese tipo de delitos condenas superiores a 15 años de prisión. Dicha sentencia será anunciada el próximo 22 de junio. La defensa anunció que apelará la decisión.

Ante este hecho, organizaciones de derechos humanos y la Marcha Patriótica, hicieron un llamado al gobierno nacional, para que no estigmatice y aprese a luchadores sociales en el marco de la protesta social, al considerar que esas acciones generan desconfianza frente a una eventual firma de acuerdos de paz, que no establecería garantías para ejercer ese legítimo derecho en un escenario de posacuerdo.