20 nov. CI.-En este día se pretende recordar a todas las personas que han sido víctimas de crímenes a causa de prejuicios sociales, y exigir al estado garantías de prevención, investigación, sanción y garantías de no repetición. Su origen fue el 28 de noviembre de 1998, con el asesinato de Rita Hester, una afroamericana trans, en Massachusetts (Estados Unidos). La vigilia reunió a más de 250 personas, producto de la indignación generada por el irrespeto de los medios de comunicación hacia la víctima.

En el marco del conflicto armado que vive Colombia hace más de 50 años, las grandes ciudades y específicamente los contextos de trabajo sexual, son escenarios en los que el asesinato de hombres y mujeres trans ha aumentado durante los últimos años; asimismo, muchos de estos casos continúan en la impunidad.

Entre 2008 y 2016 fueron asesinadas 2.115 personas transgénero y transexuales en todo el mundo; de éstas 1.654 (más del 60%) sucedieron en Latinoamérica y el Caribe. Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-, los países americanos en donde más se presentan asesinatos contra personas trans son Brasil, México, Estados Unidos y Colombia. Una de las cifras más altas que se presentó en el país fue en el 2015, cuando 33 mujeres y hombres trans fueron asesinados. 

“Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019, se reportaron 331 homicidios. La mayoría de los asesinatos fueron en México (63), Brasil (130) y los Estados Unidos (30)” afirmó el Observatorio de Personas Trans Asesinadas -TMM-.

La expectativa de vida para una mujer trans es de 36 años, la misma que en la edad media; por eso en esta fecha no sólo se recuerdan a amigas y amigos asesinados, sino que muchos sectores alzan su voz para exigir al Estado que brinde medidas de seguridad para proteger a las personas trans, y que sea efectivo en la investigación de estos crímenes.

“No son hechos aislados, son crímenes a causa de prejuicios sociales ampliamente extendidos. El Estado tiene obligaciones específicas de prevención, investigación, sanción y garantía de no repetición”, expresó la organización de defensa de los Derechos Humanos de las personas LGBTIQ, Colombia Diversa.

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Teniendo en cuenta que hace apenas 39 años el Código Penal Colombiano castigaba hasta con tres años de cárcel las relaciones entre dos personas del mismo sexo, en Colombia las personas LGBTIQ han obtenido logros significativos. Sin embargo, colectivos y organizaciones continúan juntándose para exigir al gobierno colombiano respeto por los derechos humanos de todas las personas, sin distinción alguna, así como el cumplimiento real de lo que se firma en el papel. Por este motivo se unirán a las jornadas de protesta y manifestación que iniciarán este 21 de noviembre con el Paro Nacional.  

Avances de la población LGBTIQ en materia jurídica (Colombia) 

– En 1993 Carlos Montaño se registró como el primer caso de cambio de nombre.

– En 1996 se emitió la sentencia C098, que prohíbe la discriminación a una persona con motivo de su orientación sexual.

– En la sentencia c-481 de 1998, la Corte Constitucional se pronuncia a favor de docentes homosexuales para que la orientación sexual no sea considerada una «aberración» o falta disciplinaria.

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– En 1999 un fallo de la Corte Constitucional determinó que la homosexualidad no debe ser considerada una falta disciplinaria en las fuerzas militares.

– En 2003 la sentencia T-499 se autorizaron las visitas conyugales de personas del mismo sexo en las cárceles. Inicialmente fue en casos excepcionales, pero desde 2011 funciona en todos los centros penitenciarios del país.

– En 2007 la Corte Constitucional reconoció los derechos patrimoniales para parejas del mismo sexo, en casos de dos o más años de convivencia. Aunque aún no se trataba del reconocimiento del matrimonio, esta decisión significó la posibilidad de tener los mismos derechos de las uniones heterosexuales; en caso de muerte, por ejemplo, se heredarían los bienes adquiridos como pareja. 

– También en 2007, el alto tribunal falló a favor de poder afiliar al sistema de salud a la pareja del mismo sexo como beneficiaria. 

– Al año siguiente (2008) la Corte Constitucional sentenció el derecho a la pensión de sobreviviente para parejas del mismo sexo. 

– En 2009 la sentencia C-029 dio a parejas homosexuales derechos como acceso a propiedad de la tierra, indemnizaciones del SOAT, subsidio de vivienda derechos migratorios, entre otros. Esta decisión ha sido ratificada en varios fallos. En 2014, por ejemplo, se ordenó no pedir pruebas adicionales para acceder a estas pensiones. 

– En la sentencia C-577 del 2011 la corte declaró que las parejas homosexuales tienen los mismos derechos que las parejas heterosexuales en unión libre, y dio a al Congreso un plazo de 2 años para legislar sobre el tema.

– En 2012, la Corte Constitucional se pronunció de forma individual por el caso de un ciudadano estadounidense que puso una tutela contra el ICBF por no permitirle la adopción de dos niños de 8 y 13 años. 

– En febrero de 2015, el alto tribunal sentenció que las parejas del mismo podían adoptar, siempre y cuando el menor fuera hijo biológico de una de las personas que hacía la solicitud. Sin embargo, la decisión definitiva al respecto se dio en noviembre de 2015, cuando la Corte Constitucional dijo que la orientación sexual no podía ser un criterio a juzgar para otorgar una adopción. 

-Finalmente, en vista de que el legislativo no se pronunció al respecto, en abril de 2016 la Corte Constitucional reconoció el derecho al matrimonio igualitario. Así, Colombia es uno de los 25 países del mundo en el que las parejas del mismo sexo se pueden casar. 

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